La interrupción voluntaria del embarazo es un procedimiento para finalizar un embarazo no deseado realizado por profesionales acreditados. Los métodos empleados depende de la semana de gestación y las circunstancias personales y de salud de la mujer.
La Ley de interrupción voluntaria del embarazo reconoce a la mujer el derecho de acudir a una clínica de abortopara interrumpir su embarazo de manera libre hasta la semana 14 de embarazo, sin más requisito que su libre decisión.
La ley actual del aborto dice:
La mujer es libre de interrumpir su embarazo hasta las 14 primeras semanas de gestación sea cual sea su causa.
Excepcionalmente, se podrá interrumpir el embarazo hasta las 22 semanas:
Siempre que exista grave riesgo para la salud o la vida de la embarazada.
Riesgo de graves anomalías en el feto.
Este plazo de 22 semanas, podrá ampliarse (según la ley) cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida y así conste en un dictamen emitido con anterioridad por un médico o médica especialista, distinto del que practique la intervención, o cuando se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme y apruebe un comité clínico.
Requisitos para la interrupción voluntaria del embarazo
Debe realizarse por médicos especializados en el aborto.
Debe realizarse en un centro sanitario público o privado autorizado, como las clínicas de aborto.
Que se realice con el consentimiento expreso y por escrito de la mujer gestante, o en su caso, del representante legal. En el caso de las menores de 14 años será necesario, además de su manifestación de voluntad, el consentimiento expreso de personas que ostenten su patria potestad (madre/padre, tutores legales).
Las mujeres que estén de manera irregular en nuestro país podrán acudir a las clínicas IVE privadas para interrumpir su embarazo de manera legal.
Las mujeres a partir de los 16 años podrán abortar sin necesidad del consentimiento de sus representantes legales.
Los centros públicos y privados autorizados, están obligados a asegurar la confidencialidad de los datos personales de las mujeres y la máxima intimidad durante la práctica de la interrupción.
La interrupción voluntaria del embarazo se puede realizar de dos maneras:
Pastillas abortivas(aborto farmacológico): este método de aborto se realiza de manera exclusiva por medio de medicación, se realiza hasta la semana 7-9 (se puede ampliar el plazo), siempre que no exista contraindicación para tomar el fármaco.
Aborto quirúrgico(aborto instrumental): el aborto se realiza mediante intervención con anestesia general o sedación para no sentir ninguna molestia, es un procedimiento sencillo y seguro.
El procedimiento para interrumpir el embarazo por el método quirúrgico depende de la semana de embarazo en la que te encuentres, en la mayoría de los casos es un tratamiento ambulatorio y no permanecerás en la clínica más de 6 horas.
Hasta la semana 14 de embarazo se suele realizar el aborto por la técnica de dilatación y aspiración (método Karman), entre la 14 y la 20 semana se suele utilizar la dilatación y evacuación y a partir de la semana 20 se realiza el aborto por inducción.
Se utilizará un tipo de aborto u otro dependiendo de las circunstancias personales de cada mujer, de las semanas de gestación, si puede tomar o no la medicación para abortar. Una vez elegido el método de aborto el médico te explicará todo el proceso, cualquier duda que tengas te la resolverá. Recuerda que cuanto antes tomes la decisión más fácil será todo.
La decisión de abortar siempre será tuya, no te dejes influenciar por nadie, debes elegir lo que quieres hacer de manera libre.
Anticonceptivos después de abortar
No hay ninguna contraindicación para iniciar un anticonceptivo después de haber efectuado una interrupción del embarazo.
Si el aborto fue practicado por medio del método instrumental:
Pastilla anticonceptiva, parche anticonceptivo, o anillo vaginal. Se pueden emplear de manera inmediata.
Inyección anticonceptiva. Se pueden utilizar de manera inmediata.
DIU: Se pueden usar de manera inmediata. En la mayoría de las clínicas te lo pueden colocar justo después de la interrupción.
Si el aborto fue con pastillas abortivas
Pastilla anticonceptiva, parche anticonceptivo, o anillo vaginal. Se pueden utilizar el mismo día que se emplean las pastillas abortivas o en cualquier momento de tu ciclo después de esto.
Implante anticonceptivo: Puedes empezar a emplearlo el día que tomes las pastillas o en cualquier momento de tu ciclo después de esto.
Inyección anticonceptiva: Puedes ponerla el día que tomes las pastillas o en cualquier momento de tu ciclo después de esto.
El DIU: el médico tiene que confirmar que ya no estás en embarazo antes de ponerte el DIU y puede hacer en cualquier momento de tu ciclo.
Zona del cuerpo afectada
Útero
Tratamiento
Interrupción voluntaria del embarazo
¿Cómo se realiza el procedimiento?
Dependiendo de la semana de gestación se emplea el método con pastillas o el método instrumental
Procedimiento médico
Dependiendo de la semana de gestación
Autor
Eva Sánchez
Asesora en educación sexual y salud integral de la mujer, comunicadora social y periodista con más de 10 años de experiencia en periodismo y webs médicas especializadas. Una de mis especialidades es escribir contenido médico de alto valor para nuestros lectores.
Creación: 29 Mayo 2019 Actualización: 22 Julio 2024
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