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Interrupción voluntaria del embarazo
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Interrupción voluntaria del embarazo

La interrupción voluntaria del embarazo es un procedimiento para finalizar un embarazo, realizado por profesionales acreditados. Los métodos utilizados son distintos según las semanas de gestación y la situación clínica de la gestante.

Aquí podrás encontrar

IVE: Interrupción voluntaria del embarazo

La Ley de interrupción voluntaria del embarazo reconoce a la mujer el derecho de acudir a una clínica de aborto para interrumpir su embarazo de manera libre hasta la semana 14 de embarazo, sin más requisito que su libre decisión.

Hasta las 22 semanas de embarazo cuando exista un grave riesgo para la vida o salud de la mujer gestante o riesgo de graves anomalías en el feto.

Por encima de las 22 semanas de embarazo, sólo cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable en el feto y esto se confirme por un comité clínico.

La ley de aborto tiene por objeto garantizar los derechos fundamentales en el ámbito de la salud sexual y de la salud reproductiva y regular las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo y de los derechos sexuales y reproductivos.

Requisitos necesarios para la interrupción del embarazo

  • La IVE debe realizarse por profesionales de la salud especialistas o bajo su dirección.
Doctora consolando paciente IVE
  • La IVE debe realizarse en un centro sanitario público o privado autorizado, como las clínicas de aborto que anunciamos en nuestra web.
  • Que se realice con el consentimiento expreso y por escrito de la mujer gestante, o en su caso, del representante legal. En el caso de las menores de ≤ 14 años será necesario, además de su manifestación de voluntad, el consentimiento expreso de personas que ostenten su patria potestad (madre/padre, tutores legales). 
  • La IVE es financiada por el sistema sanitario a todas las mujeres que lo soliciten y tengan derecho a la asistencia sanitaria pública.
  • Las mujeres que estén de manera irregular en nuestro país podrán acudir a las clínicas IVE privadas para interrumpir su embarazo de manera legal.
  • Las mujeres a partir de los 16 años podrán abortar sin necesidad del consentimiento de sus representantes legales.

La IVE puede realizarse en centros públicos o privados autorizados para ello. Todo aborto practicado en otros centros se encuentra fuera de la legalidad y es punible, además no estará garantizado en estos casos la seguridad y la calidad asistencial.

Los centros públicos y privados autorizados, están obligados a asegurar la confidencialidad de los datos personales de las mujeres y la máxima intimidad durante la práctica de la interrupción.

La interrupción voluntaria del embarazo se puede realizar de dos maneras:

  • Pastillas abortivas (aborto farmacológico): este método de aborto se realiza de manera exclusiva por medio de medicación, se realiza hasta la semana 7-9 (se puede ampliar el plazo), siempre que no exista contraindicación para tomar el fármaco.

Se debe tomar la combinación dos fármacos, Mifepristona, utilizada para bloquear la hormona del embarazo, tras 24/48 horas tomarás Misoprostol, cuya función es vaciar el contenido del útero por completo mediante contracciones.

  • Aborto quirúrgico (aborto instrumental): el aborto se realiza mediante intervención con anestesia general o sedación para no sentir ninguna molestia, es un procedimiento sencillo y seguro.

El procedimiento para interrumpir el embarazo por el método quirúrgico depende de la semana de embarazo en la que te encuentres, en la mayoría de los casos es un tratamiento ambulatorio y no permanecerás en la clínica más de 6 horas.

Hasta la semana 14 de embarazo se suele realizar el aborto por la técnica de dilatación y aspiración (método Karman), entre la 14 y la 20 semana se suele utilizar la dilatación y evacuación y a partir de la semana 20 se realiza el aborto por inducción.

Se utilizará un tipo de aborto u otro dependiendo de las circunstancias personales de cada mujer, de las semanas de gestación, si puede tomar o no la medicación para abortar. Una vez elegido el método de aborto el médico te explicará todo el proceso, cualquier duda que tengas te la resolverá. Recuerda que cuanto antes tomes la decisión más fácil será todo.

La decisión de abortar siempre será tuya, no te dejes influenciar por nadie, debes elegir lo que quieres hacer de manera libre.

Ponte en contacto con la clínica para abortar a la que quieras acudir para que te den una cita y te realicen todas las pruebas previas a la intervención. Nunca acudas a clínicas clandestinas que pongan en peligro tu vida.

¿Qué anticonceptivos puedo usar después de un aborto?

Es muy importante, utilizar un anticonceptivo siempre que mantengas relaciones sexuales si no quieres tener un embarazo no deseado de nuevo.

No hay ninguna contraindicación para iniciar un anticonceptivo después de haber efectuado una interrupción del embarazo.

Si el aborto fue practicado por medio del método instrumental:

  • Pastilla anticonceptiva, parche anticonceptivo, o anillo vaginal. Se pueden emplear de manera inmediata. 
  • Implante anticonceptivo. Se pueden usar de manera inmediata. 
  • Inyección anticonceptiva. Se pueden utilizar de manera inmediata. 
  • DIU: Se pueden usar de manera inmediata. En la mayoría de las clínicas te lo pueden colocar justo después de la interrupción.

Si el aborto fue con pastillas abortivas

  • Pastilla anticonceptiva, parche anticonceptivo, o anillo vaginal. Se pueden utilizar el mismo día que se emplean las pastillas abortivas o en cualquier momento de tu ciclo después de esto. 
  • Implante anticonceptivo: Puedes empezar a emplearlo el día que tomes las pastillas o en cualquier momento de tu ciclo después de esto. 
  • Inyección anticonceptiva: Puedes ponerla el día que tomes las pastillas o en cualquier momento de tu ciclo después de esto. 
  • El DIU: el médico tiene que confirmar que ya no estás en embarazo antes de ponerte el DIU y puede hacer en cualquier momento de tu ciclo.
 
 

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