Tu aborto en Palencia: preguntas y respuestas
Antes de poner en marcha la interrupción del embarazo (o IVE), debes saber que:
¿Hasta qué semana puedo abortar?
- Tanto en Palencia, como en el resto de España, el aborto es legal por decisión libre de la mujer hasta las 14 semanas de gestación.
- Si te encuentras en una fase más avanzada del embarazo, podrás abortar hasta la semana 22º de gestación en el caso de que suponga un riesgo para la salud de la mujer o el feto presente malformaciones graves o incompatibles con la vida.
¿Puedo elegir abortar con pastillas?
El aborto farmacológico o con la administración de pastillas para abortar es recomendable hasta las 7 semanas de embarazo. En todo caso, deberá ser un médico o especialista el que determine qué tipo de aborto es más recomendable en tu caso. Contacta aquí con Clínicas IVE en Palencia y alrededores
¿En qué consiste un aborto quirúrgico?
El aborto quirúrgico o mediante intervención se realiza por aspiración en el primer trimestre de embarazo normalmente con anestesia local, o dilatación y evacuación en el segundo trimestre con anestesia general o sedación.
¿Cuesta lo mismo el aborto en todas las clínicas de Castilla y León?
El precio del aborto no es fijo, cada clínica IVE fija sus tarifas en función de los servicios médicos incluidos. No obstante, el coste no es el mismo para un aborto en la semana 8 de embarazo que para otro en la semana 12 por ejemplo, el precio suele aumentar en función de la complejidad de la intervención.
A modo orientativo: las pastillas abortivas tienen un coste de unos 350€, mientras que el aborto quirúrgico parte de ese mismo precio pero puede ascender hasta los 1.200€ para embarazos en fase avanzada.
¿Puedo abortar gratis en Palencia?
La interrupción voluntaria del embarazo es una prestación sanitaria incluida en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud que deberá ser asumida por el Servicio de Salud correspondiente, siempre que se den una serie de condiciones.
En el caso de querer abortar por la vía privada, es decir, a través de Clínicas IVE privadas autorizadas por la Consejería de Salud de Castilla y León, la mujer ha de ser derivada desde el Servicio Público de Salud a dicho centro privado.
Se puede dar el caso que el Servicio de Salud no facilite a tiempo la prestación, en ese caso, tal y como informa la Junta, se le reconocerá a la mujer el derecho a acudir a un centro acreditado en cualquier punto de España, asumiendo el Servicio Público el abono de la prestación.
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