Interrupción voluntaria del embarazo en España Clínicas ginecológicas y de Interrupción legal del embarazo
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Libre interpretación de la ley impide abortar a las jóvenes

ACAI (Asociación de Clínicas para la Interrupción del Embarazo) denuncia que las menores necesitan la firma de dos progenitores para interrumpir su embarazo 19 Mayo 2016 | Aborto

 ACAI ha manifestado que las jóvenes de 16 y 17 años han de ir acompañadas por sus dos progenitores para la interrupción del embarazo en Madrid.  Es la única comunidad autónoma donde se realiza esta interpretación de la legislación. En el resto de España basta con el consentimiento de sólo un progenitor para el aborto.

El texto de la controversia aparece en el párrafo 5º del artículo 9 de la Ley 41/2002, reguladora de la Autonomía del Paciente: “Para la interrupción voluntaria del embarazo de menores de edad será preciso el consentimiento expreso de SUS representantes legales”

Esta norma fue modificada por la Ley 11/2015 del Partido Popular, entrando en vigor desde el 23 de septiembre del 2015.

Según ha denunciado ACAI el pasado 17 de mayo en la Comisión de Sanidad de la Asamblea de Madrid, esta interpretación sólo se realiza por el Servicio madrileño de Salud, el SERMAS. Sin embargo, no existe ninguna circular ni texto escrito que así lo recomiende,  ni ha intervenido la comisión del consentimiento informado creada el 2010 para desarrollar la materia. Para José Antonio Bosch Valero, el abogado de ACAI que intervino en la Comisión, debería regularse por escrito o aplicarse la interpretación del resto de comunidades autónomas, entender que “sus” se refiere a uno/a cualquiera de los representantes legales.

Además, también consta en dicho artículo 9 que “los conflictos que surjan en cuanto a la prestación del consentimiento por parte de los representantes legales, se resolverán de conformidad con lo dispuesto en el Código Civil”.  El artículo 156 del Código Civil establece que en ausencia de uno de los padres, la patria potestad la ejercerá el otro, y si están separados, será con quién se conviva.  De hecho, para operaciones mucho más graves, en ningún hospital se pide la firma de los dos.

Bosch aludió también a varias normas que usaban el plural “sus” para referirse a sólo 1 representante legal válido. Por ejemplo, la propia Ley Orgánica 11/2015 que obligó a pedir permiso (reformando la norma anterior), en su exposición de motivos  señala que menores de 16 y 17 años se encuentren acompañadas de sus representantes legales: padre y/o madre, personas que ostenten la patria potestad o tutores, según proceda.  "La realidad es que en España hay más de un millón y medio de familias monoparentales. También hay menores inmigrantes que se quedan en España y sus padres se vuelven a sus países. Y hablamos de supuestos reales (…) Lo que no es lógico que una reducción de estómago de un menor, con 1/4 de posibilidades de muerte, no necesite la firma de ambos, y la IVE sí", destacó. Añadió que este tipo de conflicto para acceder a la IVE se daba en más del 12,3% de las jóvenes en todo el Estado.

Casos reales

Bosch dio voz con su testimonio en la comisión a varios casos reales de jóvenes a las que se les había puesto trabas para el aborto. Por ejemplo, chicas migrantes, cuyos padres vivían en su país de origen. Teniendo en cuenta que según el último informe de interrupciones voluntarias del embarazo notificadas en la Comunidad de Madrid, el 54% de las IVE´s fueron de mujeres migrantes, parece lógico pensar que muchas mujeres no tendrán a sus dos progenitores viviendo en el país. También citó el caso de una menor prostituta, sin posibilidad de pedir permiso a padre ni madre. O el caso de menores emancipadas, que legalmente deben ser tratadas como personas mayores frente a cualquier intervención. Otros casos se referían a padres en prisión, desaparecidos o jóvenes que ni siquiera conocen a sus padres.

En relación con la violencia de género, 1 de cada 5 mujeres sufre o ha sufrido violencia y/o abusos sexuales.  El maltrato infantil es difícil de cuantificar, pero las estadísticas oficiales coinciden en que se produce en mayor número hacia mujeres y en entornos familiares.

El estudio que realizó ACAI durante el 2014 sobre los abortos de jóvenes de  16 y 17 años demostró que las pocas jóvenes que no informaban a sus progenitores (sólo 113 casos) se encontraban en casos extremos de este tipo. 9 de cada 10 informaba libremente a sus padres (fue antes de la reforma de la ley). El resto pertenecían a familias desestructuradas, desamparo familiar, temor a la violencia doméstica, situación penal del progenitor, etc.  

La diputada socialista Carmen Martínez Ten advirtió del peligro de demorar la decisión de las jóvenes al poner trabas administrativas. De hecho, las estadísticas sugieren que, a menor edad, mayor puede ser el tiempo en conocer el embarazo o tomar la decisión. Recordemos que hay países como Finlandia que sólo amplían sus plazos para este grupo social, al entender que son quienes más temen dar el paso (y eso que allí no necesitan permiso de padres).

La representante del PP en la comisión afirmó que sí interpretaba que debían prestar el consentimiento ambos progenitores y que la Comunidad de Madrid estaba cumpliendo, pues, la legislación.

La nueva ley condena a la "máxima desprotección a las jóvenes más vulnerables", afirmó Clara Serra, diputada de Podemos. Su grupo parlamentario en la Asamblea de Madrid se ha hecho eco de la denuncia y ha manifestado que presentará una iniciativa para que las menores puedan abortar con el consentimiento de un/a solo/a progenitor.

 

Autor

Delia Sánchez

Delia Sánchez

Comunicadora social y periodista con más de 15 años de experiencia en periodismo y webs médicas especializadas. Una de mis especialidades es escribir contenido médico de alto valor para nuestros lectores.

Creación: 19 Mayo 2016 Actualización: 13 Mayo 2024

 

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